Comunicación de obras exentas de licencia previa para locales de menos de 750 metros y sin proyecto técnico (Enterado de obras locales)
- Dentro del período de tramitación
- Descripción:
Comunicar obras respecto a las que no es necesario el otorgamiento de licencia de obras, que no requieren proyecto técnico, en locales de superficie de exposición y venta inferior a 750m2 (Locales destinados a los usos relacionados en los anexos de la Ley 12/2012 y de la Ley 14/2013).
Ejemplos:
- Enyesado de paredes y / o techos.
- Pintura de interiores o fachada.
- Cambio de pavimento, baldosas, ...
- Cambio elementos sanitarios.
- Instalaciones (agua, luz, ...)
- Rótulos.
- Escaparates.
- Organismo competente: Ayuntamiento de Viladecans
- Quien lo puede pedir:
La puede pedir cualquier persona física o jurídica a través de su representante.
- Beneficiarios:
Cualquier persona física o jurídica que quiera ejecutar el tipo de obras o trabajos antes mencionados.
- Requisitos previos:
Depósito de garantía:
Escombros de Obras: Depósito de garantía de tratamiento de residuos según la ordenanza fiscal vigente. (Artículo 65 de la Ordenanza Reguladora de la limpieza pública y de la gestión de los residuos en Viladecans).
* Para solicitar la devolución del depósito de escombros, el solicitante de la licencia debe presentar en el ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde la finalización de la obra, un certificado del gestor referente a la cantidad y tipo de residuos entregados. - Procedimiento:
1) Solicitud: presentar la instancia adjuntando la documentación necesaria.
2) Comprobación y estudio de la documentación aportada.
3) Resolución: si la Administración no manifiesta motivadamente la disconformidad, la actuación comunicada queda legitimada. - Normativa/Legislación aplicable:
Ordenanza Reguladora de la limpieza pública y de la gestión de los residuos en Viladecans
- Ordenanza Fiscal 1.04 reguladora del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras (ICIO).
- Ordenanza Fiscal 1.07 reguladora de las Tasas por servicios urbanísticos. - Período del año en el que se puede solicitar: Todo el año
- Plazo de la solicitud:
El plazo máximo para iniciar las obras será de dos meses a contar de la fecha de presentación de la comunicación.
El plazo máximo para ejecutar las obras será de tres meses:
.
Dos meses, a contar desde el día siguiente del inicio efectivo, que deberá comunicarlo por registro, más un mes de prórroga. - Precio/Tasa:
Si requiere ocupación de vía pública durante la ejecución de la obra:
Ordenanza fiscal 1:10 Reguladora de las Tasas por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público municipal. - Documentación a aportar:
- Instancia modelo de comunicación de obras del Ayuntamiento, y en su caso, solicitud de ocupación del espacio público.
- Planos del local con las obras a realizar a escala o con los tamaños.
- Descripción y presupuesto de las obras a ejecutar.
- Identificación del contratista o industriales responsables de la ejecución de las obras.
- Medidas y situación del rótulo en la fachada.
- Para perfeccionar la información del trámite: Documentación fotográfica (no preceptivo).
- Impresos del trámite:
- Tramitación electrónica: Si
- Tramitación presencial y por correo ordinario:
- Silencio administrativo:
No procede
- Si tiene cualquier duda, se puede dirigir a: